TR-11 · Recaudación ejecutiva y apremio · Liquidación tributaria · 2 de 3
Dos terceros y dos pretensiones diferentes
Enunciado
Durante un apremio, una tercera persona acredita que reclama la propiedad de una máquina trabada; otro acreedor reclama prioridad para cobrar con el producto de la venta de un vehículo embargado. Se han adoptado las medidas de aseguramiento procedentes. Conteste: 1) Qué tercería corresponde a cada pretensión. 2) Qué ocurre con la ejecución de la máquina. 3) Qué ocurre con la ejecución del vehículo y su precio.
Resuélvelo primero en papel, con la calculadora, como en el examen. Después abre la solución paso a paso.
Norma aplicada
art. 165.3 a 5 LGT · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. · texto consolidado a 20261023
«3. Cuando un tercero pretenda el levantamiento del embargo por entender que le pertenece el dominio o titularidad de los bienes o derechos embargados o cuando considere que tiene derecho a ser reintegrado de su crédito con preferencia a la Hacienda Pública, formulará reclamación de tercería ante el órgano administrativo competente. 4. Si se interpone tercería de dominio se suspenderá el procedimiento de apremio en lo que se refiere a los bienes y derechos controvertidos, una vez que se hayan adoptado las medidas de aseguramiento que procedan. 5. Si la tercería fuera de mejor derecho proseguirá el procedimiento hasta la realización de los bienes y el producto obtenido se consignará en depósito a resultas de la resolución de la tercería.»