TR-11 · Recaudación II · Liquidación tributaria · 11 de 17
Aplicación del producto obtenido cuando es insuficiente
Enunciado
En un expediente de apremio acumulado contra la empresa Beta se obtienen 120.000 euros por la venta de una nave. Las costas ascienden a 4.500 euros. Las deudas pendientes (con recargos e intereses) son: A) 30.000 euros, garantizada con hipoteca a favor de la Hacienda sobre esa misma nave; B) 50.000 euros, exigible desde 2024; C) 60.000 euros, exigible desde 2025. No hay preferencias genéricas distintas entre B y C. Aplique el importe.
Resuélvelo primero en papel, con la calculadora, como en el examen. Después abre la solución paso a paso.
Norma aplicada
art. 116 RGR · Real Decreto 939/2005, de 29 de julio
«Cuando el importe obtenido fuera insuficiente, se aplicará en primer lugar a las costas»