Derecho Administrativo General · DA-4 · 1.º ejercicio
DA-4. Fases del procedimiento y ejecución
Epígrafe oficial (anexo I · Materias comunes, BOE-A-2025-27056), tema 4Las fases del procedimiento administrativo: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización. La ejecución de los actos y resoluciones administrativas.
Unas 2.5 preguntas de 80 (reparto de práctica, no fijado por el BOE)
Lo imprescindible
★Las actuaciones previas permiten conocer circunstancias y valorar la conveniencia de iniciar; no equivalen por sí solas al acuerdo de iniciación (art. 55 LPAC).
★El procedimiento sancionador se inicia siempre de oficio y separa instrucción y sanción en órganos distintos, aunque exista una denuncia previa (art. 63).
★Subsanar una solicitud exige requerimiento y advertencia de desistimiento; el incumplimiento requiere la resolución correspondiente (art. 68).
★El período ordinario de prueba del artículo 77.2 tiene un mínimo de diez días y un máximo de treinta.
★La audiencia precede al dictamen del órgano consultivo; el interesado puede dar por realizado el trámite si manifiesta que no hará alegaciones ni aportará documentos (art. 82).
★La mera inactividad en un trámite no indispensable no permite declarar caducidad por el artículo 95.2; produce la pérdida del derecho a ese trámite.
★La tramitación simplificada debe resolverse normalmente en treinta días desde el siguiente a la notificación del acuerdo, con los supuestos del artículo 96.
★La ejecución forzosa necesita título habilitante y apercibimiento previo en los términos legales; entrar en domicilio exige consentimiento o autorización judicial (arts. 97–100).
Lección
1. Inicio de oficio y actuaciones previas
Antes de iniciar un procedimiento pueden realizarse actuaciones de información para conocer las circunstancias del caso y la conveniencia de abrirlo. Estas actuaciones previas no deben confundirse automáticamente con la iniciación formal ni utilizarse para asignar sin base legal la fecha de inicio del plazo máximo.
El inicio de oficio puede producirse por iniciativa propia, orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia en los términos de la LPAC. La petición razonada de otro órgano no vincula al competente para iniciar; si no se abre el procedimiento, debe comunicar los motivos previstos legalmente.
Una denuncia puede dar lugar a actuación administrativa, pero el procedimiento sancionador se inicia siempre de oficio. No convierte por sí sola al denunciante en interesado en cualquier expediente ni permite que este sustituya al órgano instructor o al sancionador. La separación de fases es una garantía de su tramitación.
art. 55.1 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 61.2 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 62.3 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 63.1 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Medidas provisionales y acumulación
Las medidas provisionales sirven para asegurar la eficacia de la resolución futura, bajo los presupuestos legales y con respeto a proporcionalidad, efectividad y menor onerosidad. No son sanciones anticipadas ni cualquier medio de ejecución puede imponerse como medida provisional por el simple cambio de nombre.
Las medidas adoptadas antes del inicio requieren el régimen de confirmación, modificación o levantamiento que establece el artículo 56. Su contenido y duración deben responder a la situación que justifica la intervención; una medida innecesaria no se legitima por figurar en una lista abstracta de posibilidades.
La acumulación del artículo 57 exige conexión suficiente entre procedimientos y que sea el mismo órgano quien deba tramitarlos y resolverlos. Contra el acuerdo de acumulación no cabe recurso autónomo. No basta la identidad de la persona interesada para acumular expedientes que corresponden a órganos distintos.
art. 56.1 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 56.3 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 57 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. Solicitudes, subsanación y declaraciones responsables
Las solicitudes deben contener los datos exigidos legalmente y la Administración debe facilitar los medios previstos para presentarlas. Un defecto subsanable no se resuelve rechazando de plano sin el requerimiento correspondiente. En el artículo 68 se concede normalmente un plazo de diez días, advirtiendo que el incumplimiento determinará que se tenga por desistida a la persona previa resolución.
Declaración responsable y comunicación tienen efectos propios. Permiten el reconocimiento o ejercicio del derecho o el inicio de la actividad desde su presentación en los términos legales, sin eliminar comprobación, control e inspección. No son una aprobación administrativa implícita de todos los hechos declarados.
Una inexactitud, falsedad u omisión esencial puede determinar la imposibilidad de continuar desde que se tenga constancia, sin perjuicio de responsabilidades. Debe distinguirse un dato esencial de un mero error irrelevante y aplicarse el régimen correspondiente, no afirmar que cualquier errata produce idénticos efectos.
art. 66.1 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 68.1 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 69.3 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 69.4 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. Ordenación y expediente administrativo
La ordenación comprende las actuaciones que permiten tramitar de forma coherente y eficaz el procedimiento. La impulsión y las actuaciones de instrucción de oficio se realizan por el órgano que tramita, sin trasladar al interesado la carga de promover cada paso que la Administración debe ejecutar.
El expediente reúne ordenadamente los documentos y actuaciones que sirven de antecedente y fundamento a la resolución. Cuando se remite debe ir completo, foliado, autentificado y acompañado de índice autentificado conforme al artículo 70.3. No equivale a una carpeta informal donde se envían solo los documentos favorables a la posición del órgano.
La simplificación permite acordar en un solo acto trámites que admitan impulso simultáneo y no exijan cumplimiento sucesivo. Debe respetarse la secuencia que realmente impongan las garantías del procedimiento. Acumular comunicaciones no habilita a omitir audiencia o prueba cuando sean necesarias.
art. 70.3 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 72.1 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 75.1 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. Instrucción: prueba e informes
La instrucción busca determinar, conocer y comprobar los hechos sobre los que se resolverá. La prueba se admite y practica según las reglas legales. El período ordinario del artículo 77.2 tiene una duración entre diez y treinta días; no debe confundirse con la audiencia ni con el plazo general de resolver.
Los hechos declarados probados por resoluciones judiciales penales firmes vinculan a la Administración en los procedimientos sancionadores en los términos legales. La valoración administrativa no permite afirmar libremente lo contrario de esos hechos. Las pruebas a instancia del interesado que impliquen gastos no soportables por la Administración pueden requerir anticipo, sujeto a liquidación definitiva.
Los informes preceptivos no son todos vinculantes. Su falta de emisión en plazo produce las consecuencias de la norma aplicable; puede proceder suspensión del plazo máximo para resolver conforme al artículo 22.1.d. La eventual suspensión y sus límites no deben sustituirse por una paralización indefinida sin motivación ni comunicación.
art. 77.2 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 77.4 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 78.3 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 80.3 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6. Audiencia e información pública
El trámite de audiencia permite conocer el expediente y formular alegaciones antes de la propuesta o resolución en los términos de la LPAC. Se sitúa antes de solicitar el dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo autonómico equivalente cuando deba intervenir. Alterar ese orden puede privar al órgano consultivo de valorar las alegaciones que debían formar parte del expediente.
Si el interesado manifiesta antes de finalizar el plazo que no efectuará alegaciones ni aportará nuevos documentos o justificaciones, se tiene por realizado el trámite. No hay que confundir esa declaración con la simple ausencia de respuesta antes del vencimiento.
La información pública se acuerda cuando la naturaleza del procedimiento lo requiere conforme al artículo 83. El órgano competente para resolver dispone su apertura. No equivale a la audiencia individual de interesados y la participación en ella no transforma automáticamente a cualquiera en parte con todos los derechos del expediente.
art. 82.1 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 82.3 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 83.1 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7. Resolución y terminación convencional
La resolución debe decidir las cuestiones planteadas y las derivadas del procedimiento, con motivación cuando sea exigible. En materia sancionadora se respetan los límites entre propuesta y resolución y la audiencia prevista cuando el órgano resolutor considera más grave la infracción o sanción en los términos del artículo 90.2.
La terminación convencional admite acuerdos, pactos o convenios con los límites legales de contenido, competencia y finalidad. Deben identificarse partes, ámbito personal, funcional y territorial y vigencia. No permite negociar libremente una potestad indisponible ni dispensar de una exigencia legal mediante acuerdo privado.
En sanciones, las reducciones previstas por reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario se someten a sus condiciones. La efectividad de la reducción del artículo 85.3 se vincula al desistimiento o renuncia de acciones o recursos en vía administrativa contra la sanción. No debe confundirse esta condición con una renuncia genérica a cualquier derecho ajeno al expediente.
art. 85.3 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 86.2 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 90.2 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8. Desistimiento, renuncia y caducidad
Desistir de una solicitud y renunciar a un derecho son actos distintos, con los límites que establezca el ordenamiento. La existencia de terceros interesados puede impedir que el procedimiento termine simplemente por la voluntad de quien lo inició si aquellos instan su continuación dentro del plazo legal.
La caducidad por paralización imputable al solicitante requiere los presupuestos y advertencias del artículo 95. La simple falta de cumplimentación de un trámite no indispensable no permite declarar la caducidad: produce la pérdida del derecho a realizar ese trámite, según su apartado segundo.
Antes de resolver un caso, identifica si la actuación pendiente es realmente imprescindible para continuar y a quién resulta imputable la paralización. No toda demora del expediente procede del interesado ni toda inactividad elimina la obligación administrativa de resolver.
art. 94.4 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 95.2 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
9. Tramitación simplificada
La tramitación simplificada se utiliza conforme a los presupuestos del artículo 96 y no como reducción informal de garantías. Debe acordarse y notificarse en los términos legales. Su plazo general de resolución es de treinta días desde el siguiente a la notificación del acuerdo, salvo los supuestos que la propia norma contempla.
En procedimientos sancionadores puede acordarse cuando existan elementos suficientes para calificar la infracción como leve, conforme al régimen específico del apartado quinto. No se extiende automáticamente a cualquier sanción que el órgano quiera resolver deprisa.
Si resulta necesario realizar un trámite no previsto en el esquema simplificado, debe continuarse por la tramitación ordinaria. Simplificar no autoriza a prescindir de una actuación necesaria para averiguar los hechos o garantizar defensa.
art. 96.6 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 96.5 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 96.7 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
10. Ejecutividad, título y apercibimiento
La ejecución material que limita derechos exige una resolución que sirva de fundamento jurídico y la notificación prevista por el artículo 97. No basta una decisión interna de actuar sin comunicar al afectado el título que autoriza la actuación.
La ejecutividad tiene excepciones. La resolución sancionadora es ejecutiva cuando no cabe contra ella recurso ordinario en vía administrativa, con el régimen aplicable a medidas cautelares y suspensión. No debe iniciarse apremio por el mero hecho de haberse notificado una sanción si aún no concurre su ejecutividad.
La ejecución forzosa se desarrolla con apercibimiento previo, salvo los supuestos de suspensión o de intervención judicial exigida legalmente. Si para ejecutarla es necesario entrar en un domicilio, se requiere consentimiento o autorización judicial. La potestad de ejecución no elimina por sí sola la inviolabilidad domiciliaria.
art. 97.2 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 90.3 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 99 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 100.3 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 98.1.b Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 100.3 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
11. Medios de ejecución forzosa
Los medios legales incluyen apremio sobre el patrimonio, ejecución subsidiaria, multa coercitiva y compulsión sobre las personas, con proporcionalidad y condiciones específicas. No son opciones intercambiables que puedan aplicarse por preferencia del órgano al margen de la naturaleza de la obligación.
La ejecución subsidiaria procede para actos no personalísimos que puede realizar otra persona. La Administración puede ejecutarlos por sí o a través de quien determine, a costa del obligado en los términos legales. Una orden de demolición susceptible de cumplimiento por una empresa es un ejemplo de obligación material que admite esa técnica.
La multa coercitiva requiere habilitación legal y se dirige a forzar cumplimiento, no a castigar la infracción como una sanción. La compulsión sobre personas solo cabe en los supuestos autorizados por ley, respetando dignidad y derechos constitucionales. Si una obligación personalísima de hacer no se cumple, puede proceder el resarcimiento de daños por la vía administrativa en los términos del artículo 104.2.
art. 102.1 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 103.1 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 104.2 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. art. 102.2 Ley 39/2015 · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Una información previa no debe tratarse automáticamente como acuerdo de iniciación del procedimiento.
El procedimiento sancionador no pasa a iniciarse a instancia del denunciante por existir una denuncia.
El defecto subsanable de una solicitud no habilita siempre el rechazo inmediato sin requerimiento y advertencia.
Una declaración responsable no impide que la Administración compruebe después la realidad de lo declarado.
La prueba ordinaria no tiene una duración fija de treinta días: admite la horquilla entre diez y treinta.
No sitúes como regla la audiencia después de pedir el dictamen consultivo que debe valorar el expediente.
No realizar un trámite no indispensable no permite archivar todo el procedimiento por caducidad sin más.
Los treinta días de la tramitación simplificada no se cuentan desde cualquier actuación anterior al acuerdo notificado.
La ejecutividad de un acto no suprime las garantías de apercibimiento y eventual intervención judicial en su ejecución forzosa.
La ejecución subsidiaria no es la técnica ordinaria para una obligación que solo puede cumplir personalmente el interesado.
Preguntas resueltas del tema DA-4
Una muestra del banco. Hay 106 preguntas de este tema, cada una con su explicación y su artículo.
1. Según el artículo 55.1 de la Ley 39/2015, el período de información o actuaciones previas tiene por finalidad:
a) Adoptar las medidas provisionales necesarias para asegurar la eficacia de la resolución
b) Conocer el caso y valorar si conviene iniciar el procedimiento
c) Dar audiencia al futuro interesado antes de dictar el acuerdo de iniciación del procedimiento
d) Practicar las pruebas que el interesado haya propuesto antes de que se inicie el procedimiento
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Respuesta: b) Las actuaciones previas son anteriores al inicio y sirven para conocer las circunstancias del caso y decidir si conviene iniciar el procedimiento. (art. 55.1 Ley 39/2015)
2. Según el artículo 62.5 de la Ley 39/2015, la presentación de una denuncia:
a) Confiere siempre la condición de interesado al denunciante identificado
b) Confiere la condición de interesado si el denunciante es el perjudicado
c) No confiere, por sí sola, la condición de interesado en el procedimiento
d) Confiere la condición de interesado solo en los procedimientos sancionadores
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Respuesta: c) La denuncia por sí sola no convierte al denunciante en interesado. (art. 62.5 Ley 39/2015)
3. Según el artículo 70.3 de la Ley 39/2015, cuando deba remitirse el expediente electrónico, se enviará:
a) En formato papel, con diligencia de cotejo de cada página por el secretario
b) En extracto, con los documentos esenciales y un índice firmado por el instructor
c) Completo, foliado, autentificado y acompañado de un índice también autentificado
d) Completo y foliado, pero el índice solo se autentifica si lo pide el destinatario
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Respuesta: c) Se remite completo, foliado, autentificado y con índice autentificado, conforme al Esquema Nacional de Interoperabilidad. (art. 70.3 Ley 39/2015)
4. Según el artículo 80.1 de la Ley 39/2015, salvo disposición expresa en contrario, los informes son:
a) Preceptivos y vinculantes
b) Facultativos y vinculantes
c) Facultativos y no vinculantes
d) Preceptivos y no vinculantes
Ver solución
Respuesta: c) La regla general es que los informes son facultativos y no vinculantes. (art. 80.1 Ley 39/2015)
5. Según el artículo 94.4 de la Ley 39/2015, la Administración acepta de plano el desistimiento o la renuncia y declara concluso el procedimiento salvo que terceros interesados personados insten su continuación en el plazo de:
a) Diez días desde que se les notificó
b) Cinco días desde que se les notificó
c) Quince días desde que se les notificó
d) Un mes desde que se les notificó
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Respuesta: a) Los terceros interesados personados pueden instar la continuación en diez días desde la notificación del desistimiento o renuncia. (art. 94.4 Ley 39/2015)
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. · texto consolidado publicado en el BOE
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