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TR-16 · IRPF II: liquidación y gestión · Liquidación tributaria · 2 de 3

Mínimos estatales de una familia

Enunciado

Para calcular solo el gravamen estatal de 2026, Elisa tiene 78 años y discapacidad acreditada del 70 %. Convive todo el año con tres hijos de 10, 6 y 2 años que no obtienen rentas ni declaran. Es la única con derecho a sus mínimos. Todos están vivos al devengo. No se pide cuota autonómica ni cuota total. Cuestiones: 1) Mínimo del contribuyente. 2) Descendientes. 3) Discapacidad y suma de mínimos.

Resuélvelo primero en papel, con la calculadora, como en el examen. Después abre la solución paso a paso.

Norma aplicada

art. 56.1 LIRPF · Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

«El mínimo personal y familiar constituye la parte de la base liquidable que, por destinarse a satisfacer las necesidades básicas personales y familiares del contribuyente, no se somete a tributación por este Impuesto.»