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Técnico de HaciendaAgentes de Hacienda

TR-3 · Tributos y obligación tributaria · Liquidación tributaria · 3 de 3

Aplicación temporal y declaración posterior

Enunciado

Una ley tributaria entra en vigor el 1 de julio de 2026 y no dispone otra regla de aplicación temporal ni efectos retroactivos. Afecta a un tributo A sin período impositivo y a un tributo B cuyo período coincide con el año natural. Una operación de A se devengó el 20 de junio y se declara el 15 de julio; otra se devenga el 2 de julio. Responda: 1) Qué norma se aplica a cada operación de A. 2) Si la nueva ley se aplica al período 2026 de B. 3) Si presentar la declaración después de la entrada en vigor cambia por sí solo la norma aplicable al devengo anterior.

Resuélvelo primero en papel, con la calculadora, como en el examen. Después abre la solución paso a paso.

Norma aplicada

art. 10.2 LGT · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

«Salvo que se disponga lo contrario, las normas tributarias no tendrán efecto retroactivo y se aplicarán a los tributos sin período impositivo devengados a partir de su entrada en vigor y a los demás tributos cuyo período impositivo se inicie desde ese momento.»