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Derecho Financiero y Tributario Español · TR-13 · 3.º ejercicio

TR-13. El procedimiento de inspección

Epígrafe oficial (anexo I.1.4, BOE-A-2025-27149), tema 13El procedimiento de inspección. Actuaciones de comprobación e investigación. Iniciación y desarrollo del procedimiento. Plazo, lugar y horario de las actuaciones inspectoras. Actuaciones inspectoras mediante personación en el domicilio o locales del contribuyente. Características y clases de las medidas cautelares en el procedimiento inspector. Terminación del procedimiento. La documentación de las actuaciones inspectoras.

Puede salir en el desarrollo escrito del tercer ejercicio.

Lo imprescindible

  • ★Art. 147-149 LGT: el procedimiento de inspección se inicia de oficio o a petición del obligado; puede ser general o parcial y la solicitud de inspección general se presenta en 15 días.
  • ★Art. 150.1 LGT: plazo de 18 meses con carácter general y de 27 meses si la cifra de negocios obliga a auditar o se trata de grupos fiscales.
  • ★Art. 150.4 LGT y art. 184 RGAT: el obligado puede pedir periodos de no actuación de hasta 60 días naturales en total, que extienden el plazo máximo.
  • ★Art. 150.6 LGT: el incumplimiento del plazo no produce caducidad, pero las actuaciones no interrumpen la prescripción y no se exigen intereses de demora desde el incumplimiento.
  • ★Art. 151 LGT: actuaciones en el domicilio, locales, oficinas de la Administración o por medios digitales con conformidad del obligado; posibilidad de personarse sin previa comunicación.
  • ★Art. 146 LGT y art. 181 RGAT: medidas cautelares de precinto, depósito o incautación, ratificadas en 15 días; alegaciones del interesado en 5 días.
  • ★Arts. 155-157 LGT: actas con acuerdo (depósito o aval y liquidación a los 10 días), de conformidad (liquidación tácita al mes) y de disconformidad (alegaciones en 15 días).
  • ★Art. 153 g) LGT: las actas deben expresar si, a juicio del actuario, existen o no indicios de infracciones tributarias.

Lección

1. Inicio y alcance

Inicio de oficio. El procedimiento inspector puede iniciarse de oficio.

Inicio a petición. También puede iniciarse a petición del obligado en los términos legales.

Información inicial. Al inicio se informa de naturaleza, alcance, derechos y obligaciones.

Alcance general. Las actuaciones pueden tener carácter general.

Alcance parcial. Son parciales si no afectan a todos los elementos de la obligación del período comprobado.

art. 147 · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. art. 147 · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

2. Inicio y alcance

Solicitud de alcance general. El obligado sometido a actuaciones parciales puede pedir carácter general.

Plazo para solicitar. La solicitud se formula dentro de los quince días desde la notificación de inicio parcial.

Ampliación. La Administración amplía o inicia actuación general en seis meses desde la solicitud.

Plazo ordinario. Las actuaciones inspectoras concluyen en dieciocho meses con carácter general.

Plazo ampliado. El plazo es de veintisiete meses en los casos legalmente previstos.

art. 149 · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. art. 149 · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

3. Plazo inspector

Cómputo. El plazo se cuenta desde la notificación de inicio hasta la notificación o intento válido del acto resultante.

Suspensión. El cómputo puede suspenderse por las causas legalmente tasadas.

Extensión. El plazo puede extenderse en los supuestos legalmente establecidos.

Lugar ordinario. Las actuaciones pueden desarrollarse donde determinen las reglas legales y reglamentarias.

Oficinas públicas. Pueden realizarse en oficinas públicas cuando corresponda.

art. 150 · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. art. 150 · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

4. Lugar y horario

Domicilio fiscal. Pueden realizarse en el domicilio fiscal, despacho o local del obligado.

Horario. Las actuaciones se desarrollan durante la jornada laboral ordinaria.

Horario distinto. Puede actuarse fuera del horario ordinario con los requisitos legales.

Contenido de actas. Las actas deben contener los extremos exigidos por la ley.

Actas previas. Existen actas previas y definitivas según la tramitación.

art. 151 · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. art. 152 · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

5. Documentación y terminación

Actas con acuerdo. Las actas con acuerdo siguen el régimen específico legal.

Actas de conformidad. Las actas de conformidad se tramitan conforme al artículo aplicable.

Actas de disconformidad. Las actas de disconformidad expresan hechos y fundamentos de la propuesta.

Estimación indirecta. La estimación indirecta se aplica con los presupuestos legales.

Informe de conflicto. La declaración de conflicto exige informe preceptivo.

art. 155 · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. art. 156 · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

6. Actuaciones reglamentarias

Examen de documentación. El examen de documentación del obligado se rige por la normativa reglamentaria.

Entrada y reconocimiento. La entrada y reconocimiento de fincas se sujeta a la regulación reglamentaria.

Atención a inspección. El obligado debe atender a los órganos de inspección en los términos reglamentarios.

Medidas cautelares. Las medidas cautelares inspectoras se adoptan conforme a las reglas reglamentarias.

Audiencia previa. Antes de las actas procede el trámite de audiencia en los supuestos aplicables.

art. 171 · Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio art. 171 · Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio

7. Documentación y terminación

Terminación. El procedimiento termina por liquidación, acto catastral u otras formas previstas.

Liquidaciones. Las liquidaciones inspectoras pueden ser definitivas o provisionales conforme a la norma.

art. 171 · Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio art. 171 · Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio

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Trampas de examen

  • No confundir cómputo con una facultad ilimitada: El plazo se cuenta desde la notificación de inicio hasta la notificación o intento válido del acto resultante.
  • No confundir suspensión con una facultad ilimitada: El cómputo puede suspenderse por las causas legalmente tasadas.
  • No confundir extensión con una facultad ilimitada: El plazo puede extenderse en los supuestos legalmente establecidos.
  • No confundir lugar ordinario con una facultad ilimitada: Las actuaciones pueden desarrollarse donde determinen las reglas legales y reglamentarias.
  • No confundir oficinas públicas con una facultad ilimitada: Pueden realizarse en oficinas públicas cuando corresponda.
  • No confundir domicilio fiscal con una facultad ilimitada: Pueden realizarse en el domicilio fiscal, despacho o local del obligado.
  • No confundir horario con una facultad ilimitada: Las actuaciones se desarrollan durante la jornada laboral ordinaria.
  • No confundir horario distinto con una facultad ilimitada: Puede actuarse fuera del horario ordinario con los requisitos legales.
  • No confundir contenido de actas con una facultad ilimitada: Las actas deben contener los extremos exigidos por la ley.
  • No confundir actas previas con una facultad ilimitada: Existen actas previas y definitivas según la tramitación.

Preguntas cortas del tema TR-13

Como las de la primera parte del tercer ejercicio. Escribe tu respuesta antes de abrir la respuesta modelo.

Explique inicio de oficio y su consecuencia jurídica.

Ver respuesta modelo

El artículo aplicable regula inicio de oficio. El procedimiento inspector puede iniciarse de oficio. En una respuesta de examen debe identificarse el presupuesto de hecho, explicar su efecto dentro de inicio y alcance y señalar que la actuación administrativa ha de quedar documentada y motivada cuando proceda. La contestación debe ajustarse al precepto y distinguir esta regla de las instituciones próximas, evitando atribuir efectos que la norma no contempla. Debe precisarse además el ámbito objetivo y temporal de la regla, sus requisitos de aplicación y la consecuencia jurídica que produce. En la exposición conviene distinguir la institución de las figuras próximas y ordenar la respuesta por concepto, presupuesto, trámite y efecto final, sin añadir requisitos distintos de los previstos por la norma citada.

  • ✓Inicio de oficio
  • ✓El procedimiento inspector puede iniciarse de oficio.
  • ✓Referencia expresa al precepto

art. 147

Explique inicio a petición y su consecuencia jurídica.

Ver respuesta modelo

El artículo aplicable regula inicio a petición. También puede iniciarse a petición del obligado en los términos legales. En una respuesta de examen debe identificarse el presupuesto de hecho, explicar su efecto dentro de inicio y alcance y señalar que la actuación administrativa ha de quedar documentada y motivada cuando proceda. La contestación debe ajustarse al precepto y distinguir esta regla de las instituciones próximas, evitando atribuir efectos que la norma no contempla. Debe precisarse además el ámbito objetivo y temporal de la regla, sus requisitos de aplicación y la consecuencia jurídica que produce. En la exposición conviene distinguir la institución de las figuras próximas y ordenar la respuesta por concepto, presupuesto, trámite y efecto final, sin añadir requisitos distintos de los previstos por la norma citada.

  • ✓Inicio a petición
  • ✓También puede iniciarse a petición del obligado en los términos legales.
  • ✓Referencia expresa al precepto

art. 147

Explique información inicial y su consecuencia jurídica.

Ver respuesta modelo

El artículo aplicable regula información inicial. Al inicio se informa de naturaleza, alcance, derechos y obligaciones. En una respuesta de examen debe identificarse el presupuesto de hecho, explicar su efecto dentro de inicio y alcance y señalar que la actuación administrativa ha de quedar documentada y motivada cuando proceda. La contestación debe ajustarse al precepto y distinguir esta regla de las instituciones próximas, evitando atribuir efectos que la norma no contempla. Debe precisarse además el ámbito objetivo y temporal de la regla, sus requisitos de aplicación y la consecuencia jurídica que produce. En la exposición conviene distinguir la institución de las figuras próximas y ordenar la respuesta por concepto, presupuesto, trámite y efecto final, sin añadir requisitos distintos de los previstos por la norma citada.

  • ✓Información inicial
  • ✓Al inicio se informa de naturaleza, alcance, derechos y obligaciones.
  • ✓Referencia expresa al precepto

art. 147

Practicar las 15 preguntas cortas

Guion para el desarrollo escrito

Esquema

  1. 1. Marco normativo y finalidad
  2. 2. Conceptos y sujetos
  3. 3. Facultades, garantías y límites
  4. 4. Desarrollo de las actuaciones
  5. 5. Documentación, terminación y efectos

Ideas fuerza

  • ★El procedimiento inspector puede iniciarse de oficio.
  • ★También puede iniciarse a petición del obligado en los términos legales.
  • ★Al inicio se informa de naturaleza, alcance, derechos y obligaciones.
  • ★Las actuaciones pueden tener carácter general.
  • ★Son parciales si no afectan a todos los elementos de la obligación del período comprobado.
  • ★El obligado sometido a actuaciones parciales puede pedir carácter general.
  • ★La solicitud se formula dentro de los quince días desde la notificación de inicio parcial.
  • ★La Administración amplía o inicia actuación general en seis meses desde la solicitud.

Artículos que citar

arts. 147 LGT · arts. 148 LGT · arts. 149 LGT · arts. 150 LGT · arts. 151 LGT · arts. 152 LGT · arts. 153 LGT · arts. 154 LGT · arts. 155 LGT · arts. 156 LGT · arts. 157 LGT · arts. 158 LGT · arts. 159 LGT

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Preguntas resueltas del tema TR-13

Una muestra del banco. Hay 60 preguntas de este tema, cada una con su explicación y su artículo.

1. Según la Ley 58/2003, General Tributaria, la investigación, dentro del procedimiento de inspección, tiene por objeto:

  • a) Verificar exclusivamente el cumplimiento de las obligaciones formales y registrales del obligado
  • b) Revisar los actos, elementos y valoraciones consignados por el obligado en sus declaraciones
  • c) Comprobar el valor de bienes y derechos declarados a efectos de una tasación pericial
  • d) Descubrir hechos con relevancia tributaria no declarados o declarados incorrectamente
Ver solución

Respuesta: d) Art. 145.3 LGT. Revisar lo consignado en las declaraciones es la comprobación (art. 145.2), no la investigación. (art. 145.3 LGT)

2. Según el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria (RD 1065/2007), cada uno de los periodos de no actuación solicitados por el obligado tributario en el procedimiento inspector debe tener una duración mínima de:

  • a) 5 días hábiles
  • b) 10 días hábiles
  • c) 7 días naturales
  • d) 15 días naturales
Ver solución

Respuesta: c) Art. 184.1 RGAT: mínimo de 7 días naturales cada uno; la solicitud de un periodo inferior se entiende automáticamente denegada. (art. 184.1 RGAT)

3. Según la Ley 58/2003, General Tributaria, las medidas cautelares del procedimiento inspector pueden consistir en:

  • a) La suspensión de la actividad económica del obligado y el cierre temporal de su establecimiento
  • b) El precinto, depósito o incautación de mercancías, libros, registros, documentos, archivos, locales o equipos
  • c) El embargo preventivo de bienes y derechos y la retención de devoluciones tributarias pendientes
  • d) La prohibición de enajenar inmuebles y la anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad
Ver solución

Respuesta: b) Art. 146.1 LGT, segundo párrafo: precinto, depósito o incautación. (art. 146.1 LGT)

4. Según el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria (RD 1065/2007), las actas de inspección:

  • a) Son reclamables directamente ante el tribunal económico-administrativo si son de disconformidad
  • b) Son recurribles en reposición en el plazo de un mes desde su firma o desde su notificación al obligado
  • c) Solo son impugnables si son con acuerdo, por vicios del consentimiento ante la jurisdicción civil
  • d) No pueden ser objeto de recurso ni reclamación, sin perjuicio de los que procedan contra las liquidaciones resultantes
Ver solución

Respuesta: d) Art. 185.4 RGAT: el acta es propuesta; se recurre la liquidación. (art. 185.4 RGAT)

5. Según la Ley 58/2003, General Tributaria, el plazo del procedimiento inspector se computa:

  • a) Desde la primera comparecencia del obligado hasta la notificación de la propuesta de liquidación contenida en el acta
  • b) Desde la notificación del inicio al obligado hasta que se notifique o se entienda notificado el acto resultante
  • c) Desde la notificación del inicio hasta la fecha en que el órgano competente dicte la liquidación, aunque no la notifique
  • d) Desde la fecha del acuerdo interno de inicio hasta la firma del acta por el obligado tributario o su representante
Ver solución

Respuesta: b) Art. 150.2 LGT: desde la notificación del inicio hasta la notificación del acto resultante; basta acreditar un intento de notificación con el texto íntegro. (art. 150.2 LGT)

Hacer el test completo del tema TR-13

Normativa de este tema

  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. · texto consolidado publicado en el BOE
  • Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio · texto consolidado publicado en el BOE

Cada pregunta se verifica automáticamente contra el texto de su fuente antes de publicarse. ¿Ves un error? Repórtalo desde la propia pregunta: lo revisamos.