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Técnico de HaciendaAgentes de Hacienda

Derecho Civil y Mercantil. Economía · CM-22 · 1.º ejercicio

CM-22. El sistema financiero, el banco central y los intermediarios

Epígrafe oficial (anexo I.1.1, BOE-A-2025-27149), tema 22El sistema financiero. El Banco Central. Los bancos comerciales. Otros intermediarios financieros.
Test del tema Modo examen
Unas 2.2 preguntas de 100 (reparto proporcional por tema, provisional)

Lo imprescindible

  • ★El sistema financiero canaliza recursos de quien tiene capacidad de financiación a quien la necesita, facilita pagos, transforma plazos y liquidez, distribuye riesgos y produce información. Financiación directa (el inversor compra el instrumento) frente a indirecta (un intermediario interpone su balance).
  • ★Mercado primario = emisión (entran fondos al emisor); secundario = negociación de lo ya emitido (no aporta fondos nuevos a la sociedad). Rentabilidad, riesgo y liquidez se analizan juntos.
  • ★SEBC = BCE + bancos centrales de TODOS los Estados de la UE; Eurosistema = BCE + bancos centrales de los países del euro, que dirigen la política monetaria. Objetivo principal: estabilidad de precios (arts. 127 y 282 TFUE). Prohibida la financiación monetaria del sector público (art. 123 TFUE).
  • ★Órganos rectores del BCE: Consejo de Gobierno (Comité Ejecutivo + gobernadores del euro) y Comité Ejecutivo (presidente, vicepresidente y 4 miembros; 8 años no renovables, nombrados por el Consejo Europeo por mayoría cualificada). Capital: 5 000 millones; clave 50 % población + 50 % PIB.
  • ★Banco de España: entidad de Derecho público, autónoma respecto a la AGE e integrada en el SEBC. Órganos: Gobernador, Subgobernador, Consejo de Gobierno y Comisión Ejecutiva; Gobernador y Subgobernador, 6 años sin renovación.
  • ★Banco comercial: capta depósitos, concede crédito, gestiona pagos y asume riesgos. Solvencia (absorber pérdidas) ≠ liquidez (pagar a vencimiento). Multiplicador escolar: ΔD máx = ΔR / r. Entidades de crédito (Ley 10/2014): bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito e ICO.

Lección

1. El sistema financiero: funciones

El sistema financiero es el conjunto de instituciones, instrumentos y mercados que canaliza recursos desde los agentes con capacidad de financiación (ahorradores netos) hacia los que tienen necesidad de financiación. Además facilita pagos, transforma plazos y liquidez, distribuye riesgos y produce información.

Todo activo financiero es, para otra unidad, un pasivo (deuda) o un instrumento de patrimonio (acción), según su naturaleza: no hay activo financiero sin contrapartida.

Financiación directa: el inversor adquiere los instrumentos que emite quien necesita fondos. Financiación indirecta: un intermediario interpone su balance (capta fondos con sus propios pasivos y presta o invierte). Ambas pueden coexistir en una misma operación.

Tema 22 s00 · Desarrollo propio: Economía (temas 19-32), Matemática Financiera y Contabilidad

2. Mercados financieros y características de los activos

Por la fase: primarios (se emiten instrumentos y el emisor obtiene fondos) y secundarios (se negocian los ya emitidos). Por la forma de contratación: organizados o bilaterales. Por el plazo: monetarios (corto) o de capitales (medio y largo).

Una compraventa de acciones entre inversores no aporta fondos nuevos a la sociedad emisora; pero la liquidez del secundario puede facilitar nuevas emisiones, porque los inversores compran más fácilmente lo que pueden revender.

Rentabilidad, riesgo y liquidez se estudian conjuntamente. Un mayor riesgo puede exigir una prima esperada mayor, pero no garantiza una mayor ganancia realizada.

Tema 22 s00 · Desarrollo propio: Economía (temas 19-32), Matemática Financiera y Contabilidad

3. El banco central y el Sistema Europeo de Bancos Centrales

Un banco central emite dinero de banco central (billetes y reservas), participa en la política monetaria y desempeña funciones de pagos, además de las que le atribuya su marco institucional.

SEBC = BCE + bancos centrales nacionales de todos los Estados de la UE. Eurosistema = BCE + bancos centrales de los Estados cuya moneda es el euro; es el Eurosistema el que dirige la política monetaria de la Unión (art. 282.1 TFUE). Los Estados sin euro y sus bancos centrales mantienen sus competencias monetarias (art. 282.4).

Objetivo principal: la estabilidad de precios. Sin perjuicio de él, el SEBC apoya las políticas económicas generales de la Unión y actúa conforme a una economía de mercado abierta y de libre competencia (art. 127.1 TFUE).

Funciones básicas (art. 127.2): definir y ejecutar la política monetaria; realizar operaciones de divisas coherentes con el art. 219; poseer y gestionar las reservas oficiales de divisas (sin perjuicio de los fondos de maniobra de los Gobiernos); promover el buen funcionamiento de los sistemas de pago. Además contribuye a la supervisión prudencial y a la estabilidad financiera (127.5), y el Consejo puede encomendar al BCE tareas de supervisión de entidades de crédito, excepto empresas de seguros (127.6).

Billetes: el BCE tiene el derecho exclusivo de autorizar su emisión; pueden emitirlos el BCE y los bancos centrales nacionales. Monedas: las emiten los Estados, con aprobación del BCE en cuanto al volumen (art. 128).

art. 127.1 TFUE · Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea - versión consolidada de 2016 art. 282.1 TFUE · Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea - versión consolidada de 2016

4. El BCE: órganos, independencia y prohibiciones

Órganos rectores: Consejo de Gobierno (miembros del Comité Ejecutivo + gobernadores de los bancos centrales del euro) y Comité Ejecutivo (presidente, vicepresidente y otros cuatro). Los miembros del Comité Ejecutivo los nombra el Consejo Europeo por mayoría cualificada, sobre recomendación del Consejo y previa consulta al PE y al Consejo de Gobierno; mandato de ocho años no renovable; solo nacionales de Estados miembros (art. 283).

El Consejo de Gobierno formula la política monetaria (tipos básicos, suministro de reservas) y se reúne al menos diez veces al año; decide por mayoría simple (voto de calidad del presidente) con quórum de dos tercios. El Comité Ejecutivo la ejecuta, imparte instrucciones a los bancos centrales nacionales y lleva la gestión ordinaria (Estatutos, arts. 10-12).

Con más de 21 miembros, los gobernadores votan por rotación: 15 votos para gobernadores (dos grupos 4 + 11; con 22 o más, tres grupos 4 + 8 + 3) y un voto por miembro del Comité Ejecutivo. En las decisiones financieras (capital, clave, reservas, ingresos y beneficios) el voto se pondera por capital y el del Comité Ejecutivo pesa cero; la mayoría cualificada exige 2/3 del capital y la mitad de los accionistas.

Independencia (art. 130 TFUE): ni el BCE ni los bancos centrales nacionales pueden solicitar ni aceptar instrucciones. El BCE tiene personalidad jurídica y es independiente en sus competencias y en la gestión de sus finanzas (art. 282.3).

Prohibición de financiación monetaria (art. 123 TFUE): ni descubiertos ni créditos al sector público, ni adquisición directa de su deuda. Las entidades de crédito públicas reciben el mismo trato que las privadas. El art. 124 prohíbe el acceso privilegiado del sector público a las entidades financieras salvo por razones prudenciales.

Actos del BCE: reglamentos, decisiones, recomendaciones y dictámenes; puede imponer multas y pagos periódicos de penalización a empresas (art. 132). Debe ser consultado sobre proyectos de actos de la Unión y de normativa nacional en su ámbito (arts. 127.4 y 282.5). Informe anual al PE, Consejo, Comisión y Consejo Europeo (art. 284.3).

art. 283.2 TFUE · Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea - versión consolidada de 2016 art. 123.1 TFUE · Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea - versión consolidada de 2016

5. Instrumentos del Eurosistema y finanzas del BCE

Instrumentos (Estatutos, arts. 17-20): cuentas a entidades de crédito y otros participantes; operaciones de mercado abierto (compraventas al contado, a plazo o con pacto de recompra); operaciones de crédito con garantías adecuadas; reservas mínimas exigibles a las entidades de crédito (con intereses de penalización si se incumplen); y otros métodos que acuerde el Consejo de Gobierno por dos tercios de los votos emitidos.

Capital del BCE: 5 000 millones de euros; sus únicos suscriptores son los bancos centrales nacionales, según una clave del 50 % población y 50 % PIB, ajustada cada cinco años. Los bancos centrales nacionales proporcionan al BCE activos exteriores de reserva hasta un importe equivalente a 50 000 millones (ampliable en las condiciones del art. 30.4).

Ingresos monetarios: los obtenidos de los activos mantenidos contra billetes en circulación y depósitos de las entidades de crédito; se reparten según las acciones desembolsadas. Beneficio neto del BCE: hasta el 20 % al fondo de reserva general (límite: 100 % del capital) y el resto a los accionistas. Estado financiero consolidado semanal; informes de actividad al menos trimestrales.

art. 28.1 Estatutos SEBC-BCE · Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea - versión consolidada de 2016 art. 33.1 Estatutos SEBC-BCE · Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea - versión consolidada de 2016

6. El Banco de España

Naturaleza (Ley 13/1994): entidad de Derecho público con personalidad jurídica propia, que actúa con autonomía respecto a la Administración General del Estado. Se rige por el Derecho privado salvo cuando ejerce potestades administrativas. Es parte integrante del SEBC y en esas funciones se ajusta a las orientaciones e instrucciones del BCE; nadie más puede darle instrucciones.

No dirige una política monetaria nacional propia: participa en las funciones básicas del SEBC. Funciones propias (art. 7.5): reservas no transferidas al BCE, estabilidad del sistema financiero, puesta en circulación de la moneda metálica, tesorería y agente financiero de la Deuda Pública, asesoramiento al Gobierno y estadísticas. Supervisa la solvencia y cumplimiento de las entidades de crédito (art. 7.6). No puede adquirir Deuda Pública directamente del emisor (art. 14.2).

Órganos rectores: Gobernador (nombrado por el Rey a propuesta del Presidente del Gobierno), Subgobernador (designado por el Gobierno a propuesta del Gobernador), Consejo de Gobierno y Comisión Ejecutiva. Gobernador y Subgobernador: seis años sin renovación; Consejeros no natos: seis años renovables una vez.

Consejo de Gobierno: Gobernador, Subgobernador, seis Consejeros, Director general del Tesoro y Política Financiera y Vicepresidente de la CNMV (estos dos sin voto en política monetaria); se reúne al menos diez veces al año. Comisión Ejecutiva: Gobernador, Subgobernador y dos Consejeros. Tras el cese, el Gobernador y el Subgobernador no pueden trabajar para entidades de crédito o mercados de valores durante dos años (compensación del 80 %).

art. 1.1 Ley 13/1994 · Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España (texto consolidado; arts. 1-30) art. 25.1 Ley 13/1994 · Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España (texto consolidado; arts. 1-30)

7. Los bancos comerciales y las entidades de crédito

El banco comercial capta depósitos, concede crédito, gestiona pagos y asume riesgos. Al transformar depósitos líquidos en activos a largo plazo asume riesgo de liquidez.

Solvencia = capacidad patrimonial para absorber pérdidas. Liquidez = capacidad de atender pagos a su vencimiento. Una entidad puede ser solvente y sufrir una crisis de liquidez. El capital regulatorio no es la caja ni un coeficiente de reservas.

Ejemplo del tema: préstamos 900 + reservas 100; depósitos 920 + otros pasivos 30 → patrimonio 50. Una pérdida de préstamos de 40 deja el patrimonio en 10; una retirada de depósitos de 80 no es un gasto: bajan efectivo y depósitos.

Entidades de crédito (Ley 10/2014): empresas autorizadas que reciben del público depósitos u otros fondos reembolsables y conceden créditos por cuenta propia: bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito y el ICO. La captación de fondos reembolsables del público está reservada a ellas, y autorizarlas corresponde al Banco de España, sin perjuicio de las funciones del BCE.

Tema 22 s00 · Desarrollo propio: Economía (temas 19-32), Matemática Financiera y Contabilidad art. 1.1 Ley 10/2014 · Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito (texto consolidado; arts. 1-8)

8. Creación de dinero bancario y multiplicador

Los bancos crean depósitos al conceder crédito: no se limitan a prestar billetes previamente depositados. Su capacidad está condicionada por solvencia, liquidez, regulación, rentabilidad, riesgo y demanda solvente.

Base monetaria = efectivo + reservas (dinero de banco central). Las reservas son dinero del banco central que usan las entidades; los depósitos son pasivos de los bancos comerciales.

Multiplicador escolar (sin efectivo, coeficiente r): ΔD máx = ΔR / r. Con efectivo en manos del público (c = efectivo/depósitos): M = B · (1 + c) / (c + r). Es una identidad o ejercicio condicionado, no una cadena automática ni el procedimiento operativo del Eurosistema.

Tema 21 s00 · Desarrollo propio: Economía (temas 19-32), Matemática Financiera y Contabilidad

9. Otros intermediarios financieros e información asimétrica

Fondos de inversión: reúnen aportaciones para invertir conforme a una política; las participaciones fluctúan con el valor de la cartera. Aseguradoras: asumen riesgos a cambio de primas y constituyen provisiones. Fondos de pensiones: canalizan ahorro previsional con régimen propio. Financiación especializada, sociedades de valores y vehículos de titulización: funciones diferentes.

La titulización transforma flujos de activos (p. ej., préstamos) en valores negociables; no elimina los riesgos económicos por cambiar de forma jurídica.

Selección adversa: problema previo al contrato (una parte conoce mejor su riesgo). Riesgo moral: problema posterior (acciones no observadas o mal incentivadas). Garantías, análisis de solvencia, supervisión e información los reducen en parte, con costes.

Tema 22 s00 · Desarrollo propio: Economía (temas 19-32), Matemática Financiera y Contabilidad

Tablas de repaso

BCE frente a Banco de España

AspectoBanco Central EuropeoBanco de España
NaturalezaInstitución con personalidad jurídica, independiente (art. 282.3 TFUE)Entidad de Derecho público con personalidad propia, autónoma de la AGE
Órganos rectoresConsejo de Gobierno y Comité EjecutivoGobernador, Subgobernador, Consejo de Gobierno y Comisión Ejecutiva
Órgano ejecutivoComité Ejecutivo: presidente, vicepresidente y 4 miembrosComisión Ejecutiva: Gobernador, Subgobernador y 2 Consejeros
Nombramiento del máximo responsableConsejo Europeo, por mayoría cualificadaEl Rey, a propuesta del Presidente del Gobierno
Mandato8 años, no renovable6 años sin renovación (Gobernador y Subgobernador)
Reuniones del Consejo de GobiernoAl menos 10 al añoAl menos 10 al año
Compra de deuda públicaProhibida la adquisición directa (art. 123 TFUE)Prohibida la adquisición directa al emisor (art. 14.2)

Intermediarios financieros: qué hace cada uno

IntermediarioFunción esencialQuién soporta el riesgo de la cartera
Banco comercialCapta depósitos, concede crédito, gestiona pagos y asume riesgosEl banco (patrimonio) frente a sus depositantes
Fondo de inversiónReúne aportaciones e invierte según una políticaEl partícipe: la participación fluctúa con la cartera
AseguradoraAsume riesgos a cambio de primas y constituye provisionesLa aseguradora, con sus provisiones
Fondo de pensionesCanaliza ahorro previsional con régimen propioSegún su régimen propio
Vehículo de titulizaciónTransforma flujos de activos en valoresLos inversores en los valores emitidos (los riesgos no desaparecen)

Mayorías y cifras del Consejo de Gobierno del BCE

SupuestoReglaEstatutos
Regla generalMayoría simple de miembros con voto; empate: presidenteart. 10.2
QuórumDos tercios de los miembros con votoart. 10.2
Decisiones financieras (capital, clave, reservas, ingresos, beneficios)Voto ponderado por capital; Comité Ejecutivo pesa cero; 2/3 del capital y mitad de accionistasart. 10.3
Otros instrumentos de control monetarioDos tercios de los votos emitidosart. 20
Funciones ajenas de los bancos centrales nacionales que interfierenDos tercios de los votos emitidosart. 14.4
ReunionesAl menos diez al añoart. 10.5

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Trampas de examen

  • SEBC y Eurosistema NO son sinónimos: el SEBC incluye a los bancos centrales de todos los Estados de la UE; quien dirige la política monetaria es el Eurosistema (BCE + bancos centrales del euro).
  • El Banco de España no tiene una política monetaria nacional independiente: participa en la del Eurosistema y se ajusta a las orientaciones e instrucciones del BCE.
  • El BCE AUTORIZA en exclusiva la emisión de billetes, pero emiten billetes tanto el BCE como los bancos centrales nacionales. Las MONEDAS las emiten los Estados; el BCE solo aprueba su volumen.
  • Comité Ejecutivo (BCE) ≠ Comisión Ejecutiva (Banco de España). Y el Comité lo nombra el CONSEJO EUROPEO por mayoría cualificada, no el Consejo de la UE ni el Parlamento.
  • La prohibición del art. 123 TFUE afecta a la compra DIRECTA de deuda pública y al crédito al sector público; no a las entidades de crédito públicas, que reciben el mismo trato que las privadas.
  • La supervisión prudencial que el Consejo puede encomendar al BCE excluye a las EMPRESAS DE SEGUROS; no excluye a cajas ni cooperativas de crédito.
  • Capital del BCE: 5 000 millones. Los 50 000 millones son el límite de los activos exteriores de reserva que aportan los bancos centrales nacionales.
  • Fondo de reserva general del BCE: COMO MÁXIMO el 20 % del beneficio neto (no «al menos»), y el fondo no puede superar el 100 % del capital.
  • Gobernador y Subgobernador del Banco de España: seis años SIN renovación. Los Consejeros no natos: seis años RENOVABLES una vez. No mezclar con los ocho años del Comité Ejecutivo del BCE.
  • Al Gobernador lo nombra el REY a propuesta del PRESIDENTE DEL GOBIERNO; al Subgobernador lo designa el GOBIERNO a propuesta del GOBERNADOR.
  • Solvencia y liquidez no son lo mismo: un banco con patrimonio positivo puede sufrir una crisis de liquidez, y una retirada de depósitos no es una pérdida.
  • Vender acciones en bolsa entre inversores (mercado secundario) no financia a la sociedad emisora; solo la emisión (mercado primario) le aporta fondos.
  • La titulización cambia la forma (préstamos → valores), pero NO elimina los riesgos económicos subyacentes.
  • El multiplicador ΔR / r es un MÁXIMO teórico de un modelo sin efectivo, no una cadena automática ni la descripción del funcionamiento real del Eurosistema.
  • El ICO es entidad de crédito según la Ley 10/2014; las aseguradoras, gestoras de fondos y sociedades de valores no lo son.

Preguntas resueltas del tema CM-22

Una muestra del banco. Hay 121 preguntas de este tema, cada una con su explicación y su artículo.

1. ¿Cuál de las siguientes NO figura entre las funciones del sistema financiero según el desarrollo del tema?

  • a) Distribuir riesgos entre los distintos agentes
  • b) Fijar el nivel de precios de los bienes de consumo
  • c) Transformar plazos y liquidez de los recursos
  • d) Producir información útil para las decisiones
Ver solución

Respuesta: b) El sistema financiero canaliza recursos, facilita pagos, transforma plazos y liquidez, distribuye riesgos y produce información. Fijar precios de bienes no es una de sus funciones. (Tema 22, función del sistema financiero)

2. La transformación de depósitos líquidos en activos de vencimiento largo genera para el banco, principalmente:

  • a) Riesgo de tipo de cambio
  • b) Riesgo de liquidez
  • c) Riesgo moral del depositante
  • d) Selección adversa del banco
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Respuesta: b) Si los pasivos son exigibles a la vista y los activos vencen a largo plazo, el banco puede no tener fondos cuando se le reclaman: riesgo de liquidez. (Tema 22, bancos comerciales)

3. Los fondos de pensiones se caracterizan, según el desarrollo del tema, porque:

  • a) Asumen riesgos a cambio de primas periódicas
  • b) Transforman flujos de activos en valores negociables
  • c) Captan depósitos a la vista y conceden crédito
  • d) Canalizan ahorro previsional bajo su régimen propio
Ver solución

Respuesta: d) Los fondos de pensiones canalizan ahorro previsional bajo su régimen propio. Las demás opciones describen bancos, aseguradoras y titulizaciones. (Tema 22, otros intermediarios)

4. El objetivo principal del SEBC, según el artículo 127.1 TFUE, es:

  • a) Garantizar la estabilidad del tipo de cambio del euro
  • b) Asegurar el crecimiento económico sostenible
  • c) Alcanzar el pleno empleo en la Unión
  • d) Mantener la estabilidad de precios
Ver solución

Respuesta: d) El objetivo principal es la estabilidad de precios; sin perjuicio de él, el SEBC apoya las políticas económicas generales de la Unión. (art. 127.1 TFUE)

5. El mandato de los miembros del Comité Ejecutivo del BCE:

  • a) Dura ocho años y no es renovable
  • b) Dura seis años y no es renovable
  • c) Dura cinco años, renovable una sola vez
  • d) Dura ocho años, renovable una sola vez
Ver solución

Respuesta: a) Art. 283.2 TFUE: ocho años, no renovable. No confundir con el Gobernador del Banco de España (seis años sin renovación) ni con el mínimo de cinco años para los gobernadores nacionales. (art. 283.2 TFUE)

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