1. La empresa mercantil
La empresa es la organización de bienes, derechos y actividad que el empresario pone al servicio de la producción o el intercambio de bienes y servicios para el mercado. El Código de Comercio no la define, pero la presupone constantemente: habla de la actividad de su empresa (art. 25), del objeto de su empresa que se inscribe en la hoja del empresario (art. 22) o del gerente de una empresa o establecimiento fabril o comercial, que es el factor (art. 283).
Hay que distinguir empresa (la organización), empresario (el titular, persona física o jurídica, que la ejerce en nombre propio) y establecimiento (el soporte físico; las sucursales son establecimientos secundarios dotados de representación permanente y de cierta autonomía de gestión, art. 295 RRM).
La empresa es un valor patrimonial unitario que el Derecho protege: las obligaciones del factor se hacen efectivas en los bienes del principal, establecimiento o empresa (art. 285 CCom); el Código Civil permite al testador preservar indivisa una explotación económica pagando en metálico la legítima de los demás (art. 1056 CC); son gananciales las empresas fundadas durante la sociedad a expensas de los bienes comunes (art. 1347.5.º CC), y en la liquidación cada cónyuge puede pedir que se le adjudique con preferencia la explotación económica que gestione efectivamente (art. 1406 CC).
art. 283 CCom · Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio. art. 295 RRM · Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio art. 1056 CC · Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.