TR-11 · Recaudación II · Liquidación tributaria · 6 de 17
Embargo de una cuenta de titularidad indistinta
Enunciado
Se presenta el 2 de noviembre de 2026 en la oficina de una entidad de crédito una diligencia de embargo contra don Pedro por un total pendiente de 7.500 euros (deuda, recargo, intereses y costas). La cuenta es de titularidad indistinta de don Pedro y sus dos hermanos y tiene un saldo de 12.600 euros. No se prueba una titularidad material diferente. En la cuenta no se abonan sueldos ni pensiones. ¿Qué importe se embarga y cuándo se ingresa en el Tesoro?
Resuélvelo primero en papel, con la calculadora, como en el examen. Después abre la solución paso a paso.
Norma aplicada
art. 171.2 LGT; art. 79.6 RGR · Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
«Cuando los fondos o valores se encuentren depositados en cuentas a nombre de varios titulares sólo se embargará la parte correspondiente al obligado tributario»